El tribunal adoptó la decisión, tras argumentar que dicha acción no se encuentra sujeta al control de la constitucionalidad.
En la instancia Pepe Goico alega que le violaron su derecho a la intimidad, al interceptar y hacer pública una conversación telefónica que tuviera con un amigo haitiano, sin la autorización de un juez.
“No podían divulgarse públicamente sino después de dictarse auto de apertura a juicio de fondo”, argumenta el excoronel en el recurso.