El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró “inadmisible” el recurso de casación incoado por el procurador general Francisco Domínguez Brito contra la Resolución mediante la cual el juez de instrucción especial Juan Hiroíto Reyes Cruz declaró extinguida la acción penal iniciada contra el senador Amable Aristy Castro.
En su resolución número 2186-2013, de fecha 11 de abril, los jueces de la SCJ admiten que ciertamente como alega el Procurador, el artículo 425 del Código Procesal Penal prevé el recurso de casación para las decisiones que ponen fin al procedimiento, y agrega que también el artículo 281 establece que el archivo definitivo extingue la acción penal.
Sin embargo señala que “no menos cierto es que el enunciado general del artículo 245 no aplica en la especie, ya que lo que se está recurriendo no es el archivo per se, sino la decisión del juez de instrucción que examina dicha medida, que por disposición expresa y específica del legislador es susceptible de apelación, no así de la casación”.