El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó esta tarde la solicitud de suspensión de las resoluciones adoptadas por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) en su reunión del 1 de agosto del pasado año.
El tribunal se reservó el fallo del fondo de la demanda, dando un plazo de 5 días a las partes para depósito de escritos ampliatorios de sus conclusiones. La parte demandante pedía una medida cautelar que suspendiera las resoluciones del CEN de manera inmediata, lo cual fue rechazado por el TSE.
La decisión del tribunal de jurisdicción electoral se basó en las atribuciones que otorga el artículo 55 de los Estatutos Generales del PRD al presidente de esa organización, Miguel Octavio Vargas Maldonado, para convocar al CEN.
La votación del juez presidente Mariano A. Rodríguez Rijo y los magistrados Mabel Féliz Báez, John N. Guiliani Valenzuela, José Manuel Hernández Peguero y Marino Mendoza Rodríguez se produjo de manera unánime y fue anunciada a las 3:40 de esta tarde.
Los abogados representantes del PRD fueron los doctores Salim Ibarra, quien es el director Legal, Fernando Ramírez Sainz y Pedro Vásquez. La solicitud de revisión fue hecha por varios dirigentes que siguen al ex presidente Hipólito Mejía y al licenciado Luis Abinader, encabezados por Roberto Fulcar y Belgia Soler, representados por Emmanuel Esquea Guerrero y otros abogados.
En su reunión del 1 de agosto pasado el CEN, convocada por Vargas Maldonado y celebrada en el coliseo de boxeo Teo Cruz, el alto organismo ejecutivo perredeísta adoptó, entre otras decisiones, aprobar la fecha de celebración de la XXX convención nacional ordinaria; delegar en la Comisión Política la creación de la Comisión Nacional Organizadora de la Convención y aprobar el reglamento y el cronograma del proceso electivo de las autoridades perredeístas en los niveles nacional, municipal, de frentes de masas y seccionales del exterior.
Fuente: El Caribe
El tribunal se reservó el fallo del fondo de la demanda, dando un plazo de 5 días a las partes para depósito de escritos ampliatorios de sus conclusiones. La parte demandante pedía una medida cautelar que suspendiera las resoluciones del CEN de manera inmediata, lo cual fue rechazado por el TSE.
La decisión del tribunal de jurisdicción electoral se basó en las atribuciones que otorga el artículo 55 de los Estatutos Generales del PRD al presidente de esa organización, Miguel Octavio Vargas Maldonado, para convocar al CEN.
La votación del juez presidente Mariano A. Rodríguez Rijo y los magistrados Mabel Féliz Báez, John N. Guiliani Valenzuela, José Manuel Hernández Peguero y Marino Mendoza Rodríguez se produjo de manera unánime y fue anunciada a las 3:40 de esta tarde.
Los abogados representantes del PRD fueron los doctores Salim Ibarra, quien es el director Legal, Fernando Ramírez Sainz y Pedro Vásquez. La solicitud de revisión fue hecha por varios dirigentes que siguen al ex presidente Hipólito Mejía y al licenciado Luis Abinader, encabezados por Roberto Fulcar y Belgia Soler, representados por Emmanuel Esquea Guerrero y otros abogados.
En su reunión del 1 de agosto pasado el CEN, convocada por Vargas Maldonado y celebrada en el coliseo de boxeo Teo Cruz, el alto organismo ejecutivo perredeísta adoptó, entre otras decisiones, aprobar la fecha de celebración de la XXX convención nacional ordinaria; delegar en la Comisión Política la creación de la Comisión Nacional Organizadora de la Convención y aprobar el reglamento y el cronograma del proceso electivo de las autoridades perredeístas en los niveles nacional, municipal, de frentes de masas y seccionales del exterior.
Fuente: El Caribe