La Federación Dominicana de Distritos Municipales (FEDODIM) presentó un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) para que sea eliminado el acápite “b” del artículo 44 de la ley 176-07 del Distrito Nacional y los municipios, que establece que se puede suspender de sus funciones a un alcalde cuando se inicie juicio de fondo en el que se les impute un crimen o delito que se castigue con pena privativa de libertad.
Así lo anunció el director ejecutivo de FEDODIM, Pedro Richardson, quien explicó que la presunción de inocencia establecida en la Constitución de la República está siendo vulnerada en dicho artículo, al establecer que tan pronto se le apertura un juicio de fondo a una autoridad local, ésta debe ser suspendida, lo que considera “evidentemente inconstitucional”.
Dijo que han visto con preocupación la situación, y que en ese sentido la federación ha presentado un recurso de inconstitucionalidad ante el TC, el cual se conocerá el próximo 23 de marzo.
“Procuramos eliminar ese acápite del artículo 44 que evidentemente se contrapone a la Constitución, por otro lado desde nuestra federación abogamos por la buenas prácticas locales, transparencia y rendición de cuentas”, apuntó.
Richardson habló al preguntársele sobre los alcaldes que han ido a los tribunales acusados de malversar fondos de los cabildos, delito por el cual recientemente ha sido acusado el alcalde de San Francisco de Macorís.
El director ejecutivo de FEDODIM dijo que los cabildos que se han visto en esta situación es una cantidad insignificante si se compara con las 387 municipalidades. “Y eso no quiere decir que esos compañeros sean culpables, serán los tribunales de la República y cuando esto dicten una sentencia que adquiera la característica lo irrevocablemente juzgado que podrá establecer el nivel de culpabilidad o no, mientras tanto el proceso está abierto, y nosotros a lo único que aspiramos es a que se respete el debido proceso”.
Richardson dijo además que al momento el 78% de los distritos municipales rindieron cuenta del año anterior, y que están dando acompañamiento técnico para que los informe de rendición de cuentas se hagan.
El asesor jurídico de FEDODIM, Rafael Santos, explicó que existe un principio constitucional que dice que la inocencia se presume, lo que indica que hay que demostrar que es culpable, por tanto no se puede sancionar suspendiendo de un cargo si aun no es condenado por un hecho penal.
“Ese principio está siendo violado por una ley inferior”, apuntó Richardson durante una rueda de prensa, donde se anunciaron una serie de actividades por el sexto aniversario de esa institución, iniciando con un seminario titulado “Ganar la campaña con bajo presupuesto”.