Sugiere que el Tribunal Constitucional decida la permanencia o exclusión de dicha norma
SANTO DOMINGO.- El Poder Ejecutivo pidió al Congreso Nacional, vía el Senado de la República, que no elimine el párrafo tercero del artículo 85 del Código Procesal Penal que regula el derecho de todos los ciudadanos a presentar querella contra los funcionarios públicos por delitos cometidos por estos durante el ejercicio de sus funciones así como en los casos de vulneración a derechos humanos.
En tal sentido, sugiere que el Tribunal Constitucional decida la permanencia o la exclusión de dicha norma y si el mismo se encuentra o no conforme al texto de la Carta Sustantiva.
En segundo término, el Poder Ejecutivo expresó su preocupación de que se mantenga la redacción del penúltimo párrafo del artículo en cuestión, que limita la posibilidad de querellarse de las entidades del sector público.
"Experiencias en grandes e importantes procesos han revelado la necesidad de que esto sea revisado y que se contemple la posibilidad de que estas entidades puedan participar en calidad de querellantes. Por lo anterior nos permitimos sugerir que este texto sea corregido en ese sentido", dice el documento enviado por el Ejecutivo con las observaciones al Proyecto de Ley que modifica varios artículos de la Ley 76-02, que establece el Código Procesal Penal.
SANTO DOMINGO.- El Poder Ejecutivo pidió al Congreso Nacional, vía el Senado de la República, que no elimine el párrafo tercero del artículo 85 del Código Procesal Penal que regula el derecho de todos los ciudadanos a presentar querella contra los funcionarios públicos por delitos cometidos por estos durante el ejercicio de sus funciones así como en los casos de vulneración a derechos humanos.
En tal sentido, sugiere que el Tribunal Constitucional decida la permanencia o la exclusión de dicha norma y si el mismo se encuentra o no conforme al texto de la Carta Sustantiva.
En segundo término, el Poder Ejecutivo expresó su preocupación de que se mantenga la redacción del penúltimo párrafo del artículo en cuestión, que limita la posibilidad de querellarse de las entidades del sector público.
"Experiencias en grandes e importantes procesos han revelado la necesidad de que esto sea revisado y que se contemple la posibilidad de que estas entidades puedan participar en calidad de querellantes. Por lo anterior nos permitimos sugerir que este texto sea corregido en ese sentido", dice el documento enviado por el Ejecutivo con las observaciones al Proyecto de Ley que modifica varios artículos de la Ley 76-02, que establece el Código Procesal Penal.