Los jueces del Tribunal Constitucional anulación una sentencia que ordenaba a la Junta Central Electoral (JCE) la entrega inmediata del extracto de acta de nacimiento de Wendy Benoit Yan, a los fines de que éste pueda obtener su cédula de identidad y electoral.
El Constitucional reiteré el criterio sentado en la sentencia 168 sobre la nacionalidad y ordenó a la Junta Central Electoral: la entrega en un plazo de diez días laborables, contados a partir de la notificación de esta sentencia, del original del certificado de declaración de nacimiento del amparista.
También dispone que la Dirección General de Migración, dentro del indicado plazo de diez días, otorgue permiso especial de estadía temporal en el país al señor Wendy Benoit Yan, hasta que el “Plan nacional de regularización de los extranjeros ilegales radicados en el país”, previsto en el artículo 151 de la Ley de Migración núm. 285-04, determine las condiciones de regularización de este género de casos.
En el caso, la JCE alega que está realizado una investigación sobre la nacionalidad de Benoit y entiende que dependerá del resultado de la investigación sobre la nacionalidad de sus padres, es decir, que dependerán de si los padres son o no dominicanos.
“En la eventualidad de que no se demostrare que los padres son dominicanos, sino de nacionalidad haitiana, entonces corresponderá el examen en lo que concierne al estatus migratorio de sus progenitores”, precisan los jueces.
La sentencia cuenta con la disidencia de Ana Isabel Bonilla y Katia Miguelina Jiménez.