TSE declara inadmisible reclamo de diputados por parte del PRM



SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible la acción de amparo preventivo en contra de la “inminente resolución de la Junta Central Electoral que dispone la asignación de escaños en violación del artículo 209.2 de la Constitución”.

La acción de amparo fue defendida como abogado por Ángel Lockward, quien solicitó que los accionantes Félix Santiago Hiciano Almánzar, Dante Alfonso Méndez y Francisco Antonio Soliman Rijo, sean elegidos como diputados en el Congreso Nacional por las provincias La Altagracia, Hermanas Mirabal e Independencia, respectivamente.

El Partido Revolucionario Moderno (PRM) intervino voluntariamente en esa acción de amparo, y reclamó, además, un diputado por San Juan de la Maguana.

El abogado del PRM, Julio Peña, señaló que el artículo 209.2 de la Constitución dispone expresamente: “Las elecciones se celebrarán conforme a la ley y con representación de las minorías cuando haya de elegirse dos o más candidatos”. Afirmó que el PRM someterá su reclamo ante el TSE, y continuará su defensa del voto de los ciudadanos.
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