El magistrado del Tribunal Constitucional, Rafael Díaz Filpo, consideró que la ley 340-98 que crea el Instituto de Previsión Social del Congresista Dominicano, violenta el principio de igualdad al excluir a los senadores y diputados electos con anterioridad a su promulgación.
Califica como injusto el trato diferenciado que hace de los legisladores electos antes de 1994.
Díaz Filpo argumentó que no es justo suprimir a los senadores y diputados elegidos por el pueblo dominicano, por el simple hecho de que ya no ostentaban dichas investiduras, dejándolos desprovistos de la seguridad social, que resalta constituye un derecho fundamental constitucionalmente protegido y garantizado por el Estado.
El magistrado del TC fijó esa posición en un voto disidente, en el cual manifiesta su desacuerdo con la sentencia TC/385/16, que rechazó una acción directa de inconstitucionalidad sometida por 16 exlegisladores en contra de varios artículos de la ley 340-98 que los excluyó como beneficiarios de las pensiones otorgadas por el Instituto de Previsión Social del Congresista por haber sido electos antes de 1994.
El fallo, que fue adoptado por el TC con la mayoría requerida, establece que con la ley 340/98 no se vulnera el derecho a la igualdad como alegaron los accionantes.
En su voto disidente publicado conjuntamente con la sentencia, Díaz Filpo sostiene que no hay justificación alguna para que a los accionantes no se les proteja y garantice los derechos alegadamente conculcados.
Planteó que el TC debió readecuar el contenido de la legislación para que devenga en constitucional, disponiendo que sean miembros del Instituto todos los exlegisladores electos.
Consideró también que el TC debió “disponer que para que los exlegisladores elegidos con anterioridad a la elecciones generales 1994 puedan pertenecer al Instituto de Previsión Social del Congresista Dominicano y gozar de todos los derechos y privilegios que le otorga la Ley número 340-98, deben de cumplir con las cuotas correspondientes hasta completar su totalidad, conforme a la normativa creada al respecto”.
Díaz Filpo expuso que “basta con el hecho de que los hoy accionantes cumplan con la efectividad de las requeridas cotizaciones para gozar con todas las garantías y beneficios que otorga el Instituto de Previsión Social del Congresista Dominicano”.