En un “gran código” fueron agrupadas 8 leyes de participación ciudadana


Ocho de las leyes de participación ciudadana que están pendientes de adecuación a la Constitución del 2010, fueron agrupadas por el Senado de la República en un “gran código” sobre Derechos de Participación Ciudadana y Mecanismos de Control Social.Se trata de los proyectos de ley que regula la creación y funcionamiento de las Comisiones de Auditoría Social; el que norma las veedurías ciudadanas; las consultas populares; la denuncia de faltas cometidas por funcionarios públicos; el que reglamenta el derecho de petición de los ciudadanos.

Incluyen también en el código, el proyecto de ley mediante que se regula la creación y funcionamiento de los Observatorios Ciudadanos y Estatales; el Referendo Aprobatorio Constitucional, el Referendo Consultivo y el Plebiscito Nacional así como el que norma la celebración de las vistas públicas, todos estos de la autoría del senador por San Juan, Félix Bautista Rosario.

La Comisión de Justicia del Senado que preside Arístides Victoria Yeb, al analizar las referidas piezas, recomendó fusionarlas ya que todas tienen como elemento en común la garantía de participación ciudadana y que por tanto pueden ser fusionadas en una Ley Orgánica que incluya los derechos de participación ciudadana y los mecanismos de control de la constitución de sistemas políticos. 

Victoria Yeb explicó que en la pasada legislatura la comisión rindió un informe favorable sobre estas iniciativas, por lo que serán retomadas en dicho organismo.

“Este código traerá empoderamiento a la sociedad en materia constitucional” expresó el senador representante de María Trinidad Sánchez.

Asimismo aseguró que la comisión está preparada para aprobar gran parte de las leyes que están pendientes para adecuar la constitución. Mencionó entre ellas la ley de partidos políticos, la de régimen electoral, la de libertad religiosa y este gran código de participación ciudadana.

Constitución

El contenido y el alcance de estas iniciativas, que regulan los mecanismos de participación ciudadana, están establecidas en el artículo 22 de la Constitución Dominicana, que expresa los derechos de la ciudadanía a elegir y ser elegidos, a decidir mediante referendo (consultivo y aprobatorio) a proponer iniciativas populares (tanto legislativas como normativas), a ejercer el derecho de petición y denunciar las faltas de los funcionarios, entre otros. 

Asimismo la Estrategia Nacional de Desarrollo, el objetivo 1.3 sobre democracia participativa y ciudadanía responsable dispone que: “establecer una Ley de Participación Social, con criterios de afirmación positiva para grupos tradicionalmente excluidos, que garantice a la población la canalización de sus necesidades, demandas y propuestas a las instancias correspondientes”.
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