“Advirtiéndole al Pleno de la Junta Central Electoral que tiene un día, a partir del depósito de esta Instancia, para incluir la Proclama de la convocatoria de las Asambleas Electorales para el Voto en el Exterior, y de no obtemperar se recurrirá a todos los medios procesales que otorga la ley y la Constitución, para hacer valer este derecho constitucional que como organizaciones políticas tienen nuestra membrecía y representados”, expresó el delegado político de la FP al momento de depositar la instancia.
Manuel Crespo recordó que el voto de los dominicanos en el exterior no es un criterio opcional de la JCE ni de los partidos y organizaciones políticas, sino que es un mandato constitucional y de la Ley.
“La Constitución en su artículo 208 establece que es un derecho y un deber de ciudadanas y ciudadanos el ejercicio del sufragio para elegir a las autoridades de gobierno y para participar en referendos. El voto es personal, libre, directo y secreto. Nadie puede ser obligado o coaccionado, bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio ni a revelar su voto”, refirió el mismo.
El delegado político de la FP indicó que si cualquier autoridad no concede la autorización de las Asambleas Electorales, los votantes pueden ser autorizados a ejercer su derecho Constitucional, dentro de la circunscripción donde residen, trasládese a otro Estado o ciudad de la misma circunscripción.
Conformación de Oclee
Manuel Crespo solicitó al pleno del organismo comicial disponer la juramentación virtual de las Oficinas de Coordinación de la Logística Electoral del Exterior (Oclee) que operan en las tres circunscripciones de Ultramar, a los fines de que las mismas realicen las diligencias pertinentes para garantizar las votaciones de los dominicanos.
“Gestionar las autorizaciones de las autoridades respectivas, alcaldes y/o gobernadores de las localidades previstas para la celebración del evento electoral, haciéndose acompañar de personalidades y organizaciones políticas y de la sociedad civil. Previamente la Junta Central Electoral hará, si no la tiene, reiteración previa de solicitud de No Objeción a los gobiernos de los países de que se trate”, agregó.
Además de que Crespo, la instancia está firmada por los delegados del Bloque Institucional Social Demócrata (BIS), Manuel Soto Lara; Partido de la Unidad Nacional (PUN), Pedro Emilio Ramírez Brito; Fuerza Nacional Progresista (FNP), Juárez Castillo Semán y del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), Eduardo de Jesús Veras.
“Gestionar las autorizaciones de las autoridades respectivas, alcaldes y/o gobernadores de las localidades previstas para la celebración del evento electoral, haciéndose acompañar de personalidades y organizaciones políticas y de la sociedad civil. Previamente la Junta Central Electoral hará, si no la tiene, reiteración previa de solicitud de No Objeción a los gobiernos de los países de que se trate”, agregó.
Además de que Crespo, la instancia está firmada por los delegados del Bloque Institucional Social Demócrata (BIS), Manuel Soto Lara; Partido de la Unidad Nacional (PUN), Pedro Emilio Ramírez Brito; Fuerza Nacional Progresista (FNP), Juárez Castillo Semán y del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), Eduardo de Jesús Veras.