QUE POLITICA, SANTO DOMINGO.- El titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, afirmó este jueves que solo los tribunales de primera instancia están facultados para validar, o ratificar, los archivos definitivos que hizo la pasada gestión de la Procuraduría General de la República a favor de ocho investigados por el caso Odebrecht.
Al ser cuestionado por periodistas que cubrían la audiencia del caso Odebrecht en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva sobre la objeción que depositó ayer una institución contra esos archivos en la Pepca, el magistrado Camacho aclaró que no debe ser ante el Ministerio Público que se debe depositar la instancia de rechazo a esos archivos.
La audiencia para el conocimiento del juicio de fondo fue aplazada para el próximo 20 de octubre por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional debido a que uno de los abogados defensores de los imputados se contagió con el coronavirus que provoca la COVID-19.
“La objeción a un archivo tiene que ser depositada ante un tribunal. En este caso, ante el Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional, ya que no puede ser ante la Suprema Corte de Justicia porque ya se desapoderó, ni tampoco ante el tribunal de juicio, porque este está apoderado única y exclusivamente para el juicio”, enfatizó.
Camacho insistió en que solo un tribunal de primera instancia, en este caso la coordinación de los tribunales de primera instancia, puede conocer la oposición de una entidad a los archivos, como en este caso de la objeción presentada por Alianza Ciudadana ante la Pepca, entidad que promueve la lucha contra la corrupción.
El Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional, que encabezan las juezas Esmirna Gisselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo, conocen el expediente de los US$92 millones que pagó la firma Odebrecht en sobornos, en el que figuran como implicados Ángel Rondón Rijo, Víctor José Díaz Rúa, Porfirio Andrés Bautista García, Juan Roberto Rodríguez Hernández, Conrado Enrique Pittaluga Arzeno y Tommy Alberto Galán Grullón.
Al ser cuestionado por periodistas que cubrían la audiencia del caso Odebrecht en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva sobre la objeción que depositó ayer una institución contra esos archivos en la Pepca, el magistrado Camacho aclaró que no debe ser ante el Ministerio Público que se debe depositar la instancia de rechazo a esos archivos.
La audiencia para el conocimiento del juicio de fondo fue aplazada para el próximo 20 de octubre por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional debido a que uno de los abogados defensores de los imputados se contagió con el coronavirus que provoca la COVID-19.
“La objeción a un archivo tiene que ser depositada ante un tribunal. En este caso, ante el Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional, ya que no puede ser ante la Suprema Corte de Justicia porque ya se desapoderó, ni tampoco ante el tribunal de juicio, porque este está apoderado única y exclusivamente para el juicio”, enfatizó.
Camacho insistió en que solo un tribunal de primera instancia, en este caso la coordinación de los tribunales de primera instancia, puede conocer la oposición de una entidad a los archivos, como en este caso de la objeción presentada por Alianza Ciudadana ante la Pepca, entidad que promueve la lucha contra la corrupción.
El Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional, que encabezan las juezas Esmirna Gisselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo, conocen el expediente de los US$92 millones que pagó la firma Odebrecht en sobornos, en el que figuran como implicados Ángel Rondón Rijo, Víctor José Díaz Rúa, Porfirio Andrés Bautista García, Juan Roberto Rodríguez Hernández, Conrado Enrique Pittaluga Arzeno y Tommy Alberto Galán Grullón.