Andrés Bautista cuestiona que no se hayan investigado a Hipólito, Danilo y Leonel en caso Odebrecht

Andrés Bautista

QUE POLITICA, SANTO DOMINGO.- El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional continúa escuchando y recibiendo los escritos de defensas de los seis imputados por supuestos sobornos de la empresa brasileña Odebrecht, valorados en 92 millones de dólares.

Señala CDN que en su exposición, Andrés Bautista, expresidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM),  cuestionó que no se hayan investigado a los expresidentes Hipólito Mejía, Danilo Medina y Leonel Fernández en el expediente Odebrecht.

Dice que fueron ellos los que aprobaron e hicieron las obras con la empresa brasileña.

"Danilo calculó que con trancar a 8 dirigentes del PRM destruiría a ese partido, pero hoy el PRM es gobierno”, comunica.

Añadió que el expediente es un mamotreto ordenado por Danilo Medina y ejecutado por Jean Alain Rodríguez.

Expuso que fue inculpado en ese expediente por haber sido un crítico de la corrupción del gobierno de Danilo Medina.

Los demás imputados son: Ángel Rondón Rijo, Víctor Díaz Rúa, Juan Roberto Rodríguez Hernández, Conrado Pittaluga y el exsenador Tommy Galán Grullón.

El caso Odebrecht en la República Dominicana es una investigación del Ministerio Público dominicano en contra de la empresa constructora brasileña Norberto Odebrecht, conocida simplemente como Odebrecht.

Esta constructora reconoció en diciembre de 2016 ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos haber realizado coimas de dinero y sobornos, a funcionarios públicos del gobierno de 12 países, entre ellos la República Dominicana, durante los últimos 20 años, para obtener beneficios en contrataciones públicas.

La modalidad de dicha audiencia será presencial y se está transmitiendo al público por todas las redes y canales de CDN-Cadena de Noticias.

En enero de 2017 el Ministerio Público procedió a allanar las oficinas de Odebrecht en el país y la multó por un monto de 184 millones de dólares, el doble de lo pagado en sobornos, tal y como lo establece la Ley 448-06 sobre Sobornos en el Comercio.
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