QUE POLITICA, SANTIAGO.- Abel Martínez, actuando en representación del Ayuntamiento de Santiago, institución autónoma del Estado dominicano, existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, haciendo uso de las facultades constitucionales y legales, declaró el 2021, como año de la “Consolidación de la Ética, la Transparencia y la Integridad Institucional”.
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Mediante la Disposición Ejecutiva Municipal 019/2020, Martínez, sustentó su declaratoria al considerar que nuestra Carta Magna y en la ley de municipalidad 176-07, se establece que los municipios constituyen la base del sistema político administrativo local y que son personas jurídicas de derecho público, que están sujetas al poder de fiscalización del Estado y al control social de la ciudadanía.
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También tomó en cuenta que la Constitución Dominicana, establece en su Artículo 138, que la administración pública está sujeta en su actuación al principio de la transparencia, obedeciendo a la ética de manera íntegra y que la República Dominicana, en los últimos años ha creado un conjunto de leyes y es suscribiente de numerosos pactos internacionales que posibilitan tener entidades, y así lo amerita la población, que rindan cuentas del uso de sus recursos con la debida transparencia, como lo exige una sociedad empoderada.
En su declaratoria el ejecutivo municipal resaltó que el municipio de Santiago, se ha convertido en referente nacional de un modelo de administración caracterizado por la eficiencia en todos los servicios que ofrece a sus munícipes, ocupando lugares cimeros en los organismos que vigilan la transparencia, calidad del gasto y la ejecución presupuestaria.
Además, estableció que, en consonancia con las aspiraciones de la sociedad dominicana, y que es tendencia mundial, el servidor público debe observar los más elementales principios éticos, a fin de garantizar y promover el más alto grado de honestidad y moralidad en el ejercicio de las funciones del Estado.
Resaltó que la transparencia, se traduce como la ejecución diáfana de los actos del servicio e implica que éstos tienen, en principio, carácter público y son accesibles al conocimiento de toda persona, y sobre la integridad, la define como la conducta humana considerada como reflejo de probidad, entereza y probidad, componentes de la personalidad distinguida.
En otro considerando de dicha disposición, el alcalde Abel Martínez, expresó que camino a la transformación total de esta entidad edilicia, ha decidido que las actuaciones de su administración y colaboradores, así como, la calidad del servicio que ofrece debe estar pautada por la ética, transparencia, integridad, justicia y equidad, honestidad, eficiencia, cortesía, disciplina, decoro, honradez, lealtad y vocación de servicio.
Para sustentar la declaratoria, Martínez, se amparó en Constitución de la República Dominicana del 13 de junio de 2015, en la Ley 120-01, que instituye el Código de Ética del Servidor Público, la Ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, del 17 julio del 2007 y el Decreto 486-12, que creó la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG).
Mediante la Disposición Ejecutiva Municipal 019/2020, Martínez, sustentó su declaratoria al considerar que nuestra Carta Magna y en la ley de municipalidad 176-07, se establece que los municipios constituyen la base del sistema político administrativo local y que son personas jurídicas de derecho público, que están sujetas al poder de fiscalización del Estado y al control social de la ciudadanía.
También tomó en cuenta que la Constitución Dominicana, establece en su Artículo 138, que la administración pública está sujeta en su actuación al principio de la transparencia, obedeciendo a la ética de manera íntegra y que la República Dominicana, en los últimos años ha creado un conjunto de leyes y es suscribiente de numerosos pactos internacionales que posibilitan tener entidades, y así lo amerita la población, que rindan cuentas del uso de sus recursos con la debida transparencia, como lo exige una sociedad empoderada.
En su declaratoria el ejecutivo municipal resaltó que el municipio de Santiago, se ha convertido en referente nacional de un modelo de administración caracterizado por la eficiencia en todos los servicios que ofrece a sus munícipes, ocupando lugares cimeros en los organismos que vigilan la transparencia, calidad del gasto y la ejecución presupuestaria.
Además, estableció que, en consonancia con las aspiraciones de la sociedad dominicana, y que es tendencia mundial, el servidor público debe observar los más elementales principios éticos, a fin de garantizar y promover el más alto grado de honestidad y moralidad en el ejercicio de las funciones del Estado.
Resaltó que la transparencia, se traduce como la ejecución diáfana de los actos del servicio e implica que éstos tienen, en principio, carácter público y son accesibles al conocimiento de toda persona, y sobre la integridad, la define como la conducta humana considerada como reflejo de probidad, entereza y probidad, componentes de la personalidad distinguida.
En otro considerando de dicha disposición, el alcalde Abel Martínez, expresó que camino a la transformación total de esta entidad edilicia, ha decidido que las actuaciones de su administración y colaboradores, así como, la calidad del servicio que ofrece debe estar pautada por la ética, transparencia, integridad, justicia y equidad, honestidad, eficiencia, cortesía, disciplina, decoro, honradez, lealtad y vocación de servicio.
Para sustentar la declaratoria, Martínez, se amparó en Constitución de la República Dominicana del 13 de junio de 2015, en la Ley 120-01, que instituye el Código de Ética del Servidor Público, la Ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, del 17 julio del 2007 y el Decreto 486-12, que creó la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG).