QUE POLITICA, SANTO DOMINGO.- Mediante el decreto 71-21, el presidente Luis Abinader ordenó la eliminación del programa República Digital y creó el Gabinete de Transformación Digital.
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Con la nueva disposición se deroga el decreto 258-16, del 16 de septiembre de 2016, y el decreto 234-19, del 4 de julio de 2019, por lo que se elimina la Comisión Presidencial de la República Digital, cuyas funciones y compromisos en lo adelante serán asumidas por el Gabinete de Transformación Digital, y se elimina también el programa República Digital.
El artículo 11 del decreto indica que los proyectos de República Digital deberán ser evaluados técnicamente por la Secretaría Técnica del Gabinete para proponer a este su continuación, suspensión o redefinición de alcance, según sea el caso, en función de la agenda digital aprobada, así como del Programa de Gobierno, la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
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El decreto establece que el Gabinete de Transformación Digital es creado con el objeto de formular la agenda digital, así como la fijación de las orientaciones, programas y acciones necesarias para su implementación dentro del ámbito de competencia de cada uno de sus integrantes.
La disposición indica que el Gabinete de Transformación Digital tendrá como función formular y proponer la agenda digital, la cual contendrá las metas, indicadores, planes, proyectos y presupuestos estimados y también recomendar las posiciones a ser adoptadas por el país en los foros internacionales referentes a gobernanza digital y la Sociedad de la Información y Conocimiento.
Otra de sus funciones es proponer políticas y directrices que impulsen la implementación de la agenda digital y la institucionalización de la transformación digital como política pública.
“El Gabinete de Transformación Digital, a partir de la promulgación del presente decreto, tendrá un plazo de sesenta (60) días hábiles para elaborar su reglamento interno y noventa (90) días hábiles para proponer la agenda digital a la aprobación del Poder Ejecutivo”, indica.
Informa Diario Libre que el Gabinete de Transformación Digital tendrá dependencia administrativa del Ministerio de la Presidencia y estará integrado por el presidente de la República, quien lo encabezará, y los miembros titulares del Ministerio de la Presidencia (Minpre), Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (Mepyd) y el Ministerio de Educación (Minerd).
También integrarán este gabinete el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Mescyt), Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), Ministerio de Administración Pública (MAP), Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (CJPE), Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) y la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (Optic).
Con la nueva disposición se deroga el decreto 258-16, del 16 de septiembre de 2016, y el decreto 234-19, del 4 de julio de 2019, por lo que se elimina la Comisión Presidencial de la República Digital, cuyas funciones y compromisos en lo adelante serán asumidas por el Gabinete de Transformación Digital, y se elimina también el programa República Digital.
El artículo 11 del decreto indica que los proyectos de República Digital deberán ser evaluados técnicamente por la Secretaría Técnica del Gabinete para proponer a este su continuación, suspensión o redefinición de alcance, según sea el caso, en función de la agenda digital aprobada, así como del Programa de Gobierno, la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
El decreto establece que el Gabinete de Transformación Digital es creado con el objeto de formular la agenda digital, así como la fijación de las orientaciones, programas y acciones necesarias para su implementación dentro del ámbito de competencia de cada uno de sus integrantes.
La disposición indica que el Gabinete de Transformación Digital tendrá como función formular y proponer la agenda digital, la cual contendrá las metas, indicadores, planes, proyectos y presupuestos estimados y también recomendar las posiciones a ser adoptadas por el país en los foros internacionales referentes a gobernanza digital y la Sociedad de la Información y Conocimiento.
Otra de sus funciones es proponer políticas y directrices que impulsen la implementación de la agenda digital y la institucionalización de la transformación digital como política pública.
“El Gabinete de Transformación Digital, a partir de la promulgación del presente decreto, tendrá un plazo de sesenta (60) días hábiles para elaborar su reglamento interno y noventa (90) días hábiles para proponer la agenda digital a la aprobación del Poder Ejecutivo”, indica.
Informa Diario Libre que el Gabinete de Transformación Digital tendrá dependencia administrativa del Ministerio de la Presidencia y estará integrado por el presidente de la República, quien lo encabezará, y los miembros titulares del Ministerio de la Presidencia (Minpre), Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (Mepyd) y el Ministerio de Educación (Minerd).
También integrarán este gabinete el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Mescyt), Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), Ministerio de Administración Pública (MAP), Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (CJPE), Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) y la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (Optic).