QUE POLITICA, SANTO DOMINGO.- El Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, advirtió y puso en mora al director del Instituto Postal Dominicano, Adán Peguero, por la desvinculación de empleados de carrera y la falta de pago de sus prestaciones.
De acuerdo con la notificación enviada por este órgano, existen varias reclamaciones de exempleados del INPOSDOM, quienes acudieron al Defensor del Pueblo y presentaron reclamaciones por la falta de respuesta de la entidad.
Previo a este acto, el Defensor del Pueblo remitió comunicaciones, los días 22 de julio y 10 de agosto del presente año, sin que INPOSDOM diera respuesta a las mismas.
El comportamiento de este funcionario es violario a las disposiciones de los artículos 13 y 25 de la ley 19-01 que crea el Defensor del Pueblo, por lo que la Institución protectora de los derechos fundamentales de las personas se reserva el derecho de accionar penalmente contra el titular del INPOSDOM por la reiterada falta de respuesta.
El INPOSDOM tiene un plazo de tres días para responder a los requerimientos del Defensor del Pueblo.
Con la notificación se pone en conocimiento de la situación al Ministro de Obras Públicas, quien encabeza la Junta de Directores del INPOSDOM, al Ministerio de Administración Pública y la Dirección de General de Ética e Integridad Gubernamental, detalla El Caribe.
De acuerdo con la notificación enviada por este órgano, existen varias reclamaciones de exempleados del INPOSDOM, quienes acudieron al Defensor del Pueblo y presentaron reclamaciones por la falta de respuesta de la entidad.
Previo a este acto, el Defensor del Pueblo remitió comunicaciones, los días 22 de julio y 10 de agosto del presente año, sin que INPOSDOM diera respuesta a las mismas.
El comportamiento de este funcionario es violario a las disposiciones de los artículos 13 y 25 de la ley 19-01 que crea el Defensor del Pueblo, por lo que la Institución protectora de los derechos fundamentales de las personas se reserva el derecho de accionar penalmente contra el titular del INPOSDOM por la reiterada falta de respuesta.
El INPOSDOM tiene un plazo de tres días para responder a los requerimientos del Defensor del Pueblo.
Con la notificación se pone en conocimiento de la situación al Ministro de Obras Públicas, quien encabeza la Junta de Directores del INPOSDOM, al Ministerio de Administración Pública y la Dirección de General de Ética e Integridad Gubernamental, detalla El Caribe.