Poder Ejecutivo designa mediante decreto comité técnico del fideicomiso de Punta Catalina

Palacio Nacional

QUE POLITICA, SANTO DOMINGO.- El Poder Ejecutivo emitió el Decreto 539-21, mediante el cual designa a Celso José Marranzini Pérez como presidente del Comité Técnico del Fideicomiso de la Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTPC).

El decreto también contiene en sus artículos 2 y 3 la designación de José Luis Actis como vicepresidente del referido Comité y de Noel Báez Paredes como secretario. Igualmente, en los artículos 4 y 5 se designa como miembros del mismo a George Ángel Reinoso Núñez y a John A. De Armas.

Decreto 538-21


Mediante el Decreto 538-21, el presidente Luis Abinader dispuso la constitución de un fideicomiso público denominado Fideicomiso Público Central Termoeléctrica Punta Catalina (Fideicomiso CTPC), responsable de la administración, inversión, operación y fuente de pago de la termoeléctrica.

La disposición del Poder Ejecutivo persigue crear una estructura de gestión independiente para la administración transparente y eficiente, con el que se busca asegurar la adecuada operación de la Central Termoeléctrica Punta Catalina. Además, se encargará de la ejecución de las obras necesarias para su conservación y mantenimiento.

Dentro de sus principales fines se encuentran, preservar y optimizar la operación de la Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTPC), de manera que también se asegure la separación de su patrimonio, la continuidad de sus operaciones, incluyendo, pero no limitado a aquellas relativas a la generación de energía eléctrica y despacho de la misma al Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI).

También, asegurar el manejo adecuado y transparente de la Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTPC) y los activos que la conforman.

Así mismo, administrar los activos de su patrimonio, según las instrucciones dadas por el fideicomitente a la fiduciaria, a través del Comité Técnico del Fideicomiso.

Otros propósitos detallados en el decreto son: participar en la prestación del servicio público de electricidad y asegurar la utilización eficiente y transparente, conforme a la ley, de los ingresos y flujos provenientes de la venta de energía generada por la Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTPC).
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