Procuradora establece mecanismo para fijar criterio unitario del Ministerio Público en acciones de inconstitucionalidad

 Miriam Germán Brito

QUE POLITICA, SANTO DOMINGO.- Con la finalidad de fijar un criterio unitario acorde a las políticas institucionales, la Constitución y la Ley Orgánica 133-11, la magistrada Miriam Germán Brito instruyó a todos los miembros del Ministerio Público para que canalicen a través del Despacho de la Procuraduría General las acciones de inconstitucionalidad, opiniones sobre proyectos de leyes a otros órganos del Estado y la firma de acuerdos de cooperación con entidades públicas y privadas.

La instrucción, fechada el 2 de noviembre de 2021, explica que los integrantes del Ministerio Público deben canalizar, a través del Despacho de la Procuraduría General, las propuestas de acciones de inconstitucionalidad que consideren pertinentes, así como las intenciones de acuerdo de cooperación o intercambio con entidades nacionales o extranjeras, tanto públicas como privadas.

También los instruye a canalizar por ante el Despacho de la Procuradora General de la República las opiniones sobre los proyectos de leyes, reglamentos o cualquier otra regulación normativa para su debida ponderación y análisis.

La instrucción, basada en las competencias legales reservadas a la máxima instancia del Ministerio Público, busca fortalecer los criterios jurídicos al perseguir la inconstitucionalidad de una ley o norma, fomentar los lazos de cooperación en un marco de transparencia y propiciar que instancias especializadas cumplan su rol de intervenir en la ponderación de las reformas que busca la sociedad a la legislación vigente, resaltó la Procuraduría General en un comunicado.

Recuerda, en una de sus consideraciones, que el artículo 23 de la Ley Orgánica del Ministerio consagra el principio de unidad de actuaciones, conforme el cual “el Ministerio Público es único para todo el territorio nacional”.

La instrucción, que cita distintas disposiciones legales, destaca que la medida tiene el propósito de fijar un criterio unitario conforme a las políticas institucionales y a las prerrogativas que la Constitución y la Ley Orgánica del Ministerio Público (número 133-11) reconocen al o la procuradora general la máxima autoridad en el Ministerio Público.

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