Qué Política, Santo Domingo.- La Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó la resolución número CNE-AD-0036-2022, la cual contiene la recomendación de precios para contratos de compra de energía de largo plazo por las empresas de distribución para proyectos de fuentes renovables. Esto, según ordena la Ley No. 57-07 sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y su modificación.
El análisis, realizado por el cuerpo técnico especializado de la CNE, se basa en la viabilidad financiera de proyectos de inversión en centrales eléctricas solares fotovoltaicos, eólicas, biomasa, residuos sólidos y minicentrales hidroeléctricas, con la novedad de la tecnología de sistemas de almacenamiento y eólica ‘offshore’, bajo los esquemas descritos en la Ley No. 57-07.
La decisión fue aprobada por el Directorio Ejecutivo de la CNE, que está integrado por cinco ministerios y la preside el Ministro de Energía y Minas, Ing. Antonio Almonte Reynoso.
Esta acción avala a los organismos estatales encargados de contratar compra de energía de largo plazo por parte de las EDES con proyectos de fuentes renovables, a considerar las recomendaciones de precios emitidos por la CNE y proponerlo para la suscripción de dichos contratos, según las prescripciones del Decreto 608-21 de fecha 27 de septiembre de 2021.
Finalmente, la resolución va alineada a las disposiciones contenidas en la Ley Núm. 01-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030. Esta procura asegurar un suministro confiable de energía eléctrica a precios competitivos y en condiciones de economía financiera y ambientalmente sostenible.
Dentro del marco de transparencia y equidad esta resolución cumple con el trabajo de la actualización anual de los precios de referencia que indica la Ley 57-07, apegados a la normativa que impacta de manera favorable a la recepción de propuestas de inversiones en proyectos de energía renovable en el sistema eléctrico nacional.
La resolución completa está disponible en medios impresos, digitales y en la página web de la CNE: www.cne.gob.do
El análisis, realizado por el cuerpo técnico especializado de la CNE, se basa en la viabilidad financiera de proyectos de inversión en centrales eléctricas solares fotovoltaicos, eólicas, biomasa, residuos sólidos y minicentrales hidroeléctricas, con la novedad de la tecnología de sistemas de almacenamiento y eólica ‘offshore’, bajo los esquemas descritos en la Ley No. 57-07.
La decisión fue aprobada por el Directorio Ejecutivo de la CNE, que está integrado por cinco ministerios y la preside el Ministro de Energía y Minas, Ing. Antonio Almonte Reynoso.
Esta acción avala a los organismos estatales encargados de contratar compra de energía de largo plazo por parte de las EDES con proyectos de fuentes renovables, a considerar las recomendaciones de precios emitidos por la CNE y proponerlo para la suscripción de dichos contratos, según las prescripciones del Decreto 608-21 de fecha 27 de septiembre de 2021.
Finalmente, la resolución va alineada a las disposiciones contenidas en la Ley Núm. 01-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030. Esta procura asegurar un suministro confiable de energía eléctrica a precios competitivos y en condiciones de economía financiera y ambientalmente sostenible.
Dentro del marco de transparencia y equidad esta resolución cumple con el trabajo de la actualización anual de los precios de referencia que indica la Ley 57-07, apegados a la normativa que impacta de manera favorable a la recepción de propuestas de inversiones en proyectos de energía renovable en el sistema eléctrico nacional.
La resolución completa está disponible en medios impresos, digitales y en la página web de la CNE: www.cne.gob.do