La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PROCOMPETENCIA) emitió un
comunicado donde aclara los resultados de la
auditoría realizada por la
Contraloría General de la República.
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia Competencia (PROCOMPETENCIA), en cumplimiento de su deber de transparencia y en ocasión de las informaciones que han estado circulado en distintos medios de comunicación digitales e impresos, sobre los resultados de una auditoría realizada por la Contraloría General de la República, tiene a bien aclarar lo siguiente:
A) Período auditado. La auditoría en cuestión se refiere a la gestión anterior (del 1 de septiembre de 2020 al 31 de agosto del 2021), es decir, que no cubre la gestión del actual Consejo Directivo de PROCOMPETENCIA, presidido por la Dra. María Elena Vásquez Taveras, quien asumió funciones el día 22 de octubre del año 2021.
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B) Requerimiento de auditoría. Esta auditoría, a diferencia de las demás que han sido publicadas por la Contraloría General de la República, fue realizada a petición de la actual presidenta del Consejo Directivo de PROCOMPETENCIA, en fecha 28 de octubre del año 2021.
C) En cuanto a los gastos de representación. Conforme señala la propia auditoría en su página 21, esta práctica fue descontinuada a partir del 28 de abril del 2021, previo al inicio de la actual gestión que preside la Dra. María Elena Vásquez en fecha 22 de octubre del año 2021. En consecuencia, ninguno de los miembros del actual CONSEJO DIRECTIVO ni de la Dirección Ejecutiva han percibido monto alguno por este concepto.
D) En cuanto a la política de asignación de combustibles, precisamos que la misma está sustentada en las disposiciones de los artículos 22 y 31 literal w) de la Ley No. 42-08, y el artículo 22 de la Ley No. 105-13, validada además por el Ministerio de Administración Pública (MAP) encontrándose por debajo del 10 % establecido para estas asignaciones en la referida ley.
E) Con relación a los arqueos a caja chica. A partir de la actual gestión se están realizando tres (3) arqueos mensuales a los fondos de caja chica, es decir, uno por encima del mínimo establecido en la Norma DG-AD-01-08.
F) Referente a la nómina del personal de seguridad de la institución. Actualmente se encuentra publicado en el portal de transparencia de la institución el número del personal de seguridad y el salario individual de cada uno, habiendo adoptado el Consejo Directivo de PROCOMPETENCIA la decisión de resguardar el nombre de los oficiales que sirven en la institución en aras de preservar la integridad física de dichos oficiales y los procesos de investigación que despliega la Dirección Ejecutiva en el marco de las atribuciones que la Ley 42-08 le confiere, criterio que ha sido acogido por la Dirección General de Ética y cónsono con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en su sentencia TC/0012/21 de fecha 20 de enero del 2021.
G) En cuanto a los expedientes incompletos de los empleados, vale precisar que, desde el mes de octubre del año 2021, la totalidad de los expedientes de los empleados de PROCOMPETENCIA han sido actualizados y completados.
Reiteramos que PROCOMPETENCIA está comprometida con la transparencia, integridad y uso eficiente de los fondos públicos. En ese tenor, de conformidad con la legislación vigente, todos nuestros procesos financieros sonpreviamente auditados por la Contraloría General. Por tanto, ratificamos nuestro empeño con la mejora continua y apego a la Constitución de la República y las leyes.
A continuación, el comunicado completo:
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia Competencia (PROCOMPETENCIA), en cumplimiento de su deber de transparencia y en ocasión de las informaciones que han estado circulado en distintos medios de comunicación digitales e impresos, sobre los resultados de una auditoría realizada por la Contraloría General de la República, tiene a bien aclarar lo siguiente:
A) Período auditado. La auditoría en cuestión se refiere a la gestión anterior (del 1 de septiembre de 2020 al 31 de agosto del 2021), es decir, que no cubre la gestión del actual Consejo Directivo de PROCOMPETENCIA, presidido por la Dra. María Elena Vásquez Taveras, quien asumió funciones el día 22 de octubre del año 2021.
B) Requerimiento de auditoría. Esta auditoría, a diferencia de las demás que han sido publicadas por la Contraloría General de la República, fue realizada a petición de la actual presidenta del Consejo Directivo de PROCOMPETENCIA, en fecha 28 de octubre del año 2021.
C) En cuanto a los gastos de representación. Conforme señala la propia auditoría en su página 21, esta práctica fue descontinuada a partir del 28 de abril del 2021, previo al inicio de la actual gestión que preside la Dra. María Elena Vásquez en fecha 22 de octubre del año 2021. En consecuencia, ninguno de los miembros del actual CONSEJO DIRECTIVO ni de la Dirección Ejecutiva han percibido monto alguno por este concepto.
D) En cuanto a la política de asignación de combustibles, precisamos que la misma está sustentada en las disposiciones de los artículos 22 y 31 literal w) de la Ley No. 42-08, y el artículo 22 de la Ley No. 105-13, validada además por el Ministerio de Administración Pública (MAP) encontrándose por debajo del 10 % establecido para estas asignaciones en la referida ley.
E) Con relación a los arqueos a caja chica. A partir de la actual gestión se están realizando tres (3) arqueos mensuales a los fondos de caja chica, es decir, uno por encima del mínimo establecido en la Norma DG-AD-01-08.
F) Referente a la nómina del personal de seguridad de la institución. Actualmente se encuentra publicado en el portal de transparencia de la institución el número del personal de seguridad y el salario individual de cada uno, habiendo adoptado el Consejo Directivo de PROCOMPETENCIA la decisión de resguardar el nombre de los oficiales que sirven en la institución en aras de preservar la integridad física de dichos oficiales y los procesos de investigación que despliega la Dirección Ejecutiva en el marco de las atribuciones que la Ley 42-08 le confiere, criterio que ha sido acogido por la Dirección General de Ética y cónsono con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en su sentencia TC/0012/21 de fecha 20 de enero del 2021.
G) En cuanto a los expedientes incompletos de los empleados, vale precisar que, desde el mes de octubre del año 2021, la totalidad de los expedientes de los empleados de PROCOMPETENCIA han sido actualizados y completados.
Reiteramos que PROCOMPETENCIA está comprometida con la transparencia, integridad y uso eficiente de los fondos públicos. En ese tenor, de conformidad con la legislación vigente, todos nuestros procesos financieros sonpreviamente auditados por la Contraloría General. Por tanto, ratificamos nuestro empeño con la mejora continua y apego a la Constitución de la República y las leyes.