La candidatura a la Presidencia de República Dominicana de Ramfis Domínguez
Trujillo, nieto del exdictador Rafael Trujillo, fue rechazada por la
Junta Central Electoral (JCE),
al constatar que éste no ha renunciado a la nacionalidad estadounidense,
informó este miércoles el organismo electoral.
A través de una resolución, la JCE señaló que la Constitución del país establece que para ser candidato a la Presidencia se debe tener solo la nacionalidad dominicana y haber residido en el país al menos 10 años consecutivos antes del cargo.
La JCE consideró en ese sentido que Domínguez Trujillo no cumple con ninguno de los dos requisitos.
$ads={1}
En 2020 la JCE y el Tribunal Superior Electoral (TSE) dominicano rechazaron también esa pretensión del político.
La Constitución de República Dominicana establece que: «las dominicanas y los dominicanos que adopten otra nacionalidad, por acto voluntario o por el lugar de nacimiento, podrán aspirar a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, si renunciaren a la nacionalidad adquirida con diez años de anticipación a la elección y residieren en el país durante los diez años previos al cargo».
El mismo artículo establece que, «sin embargo, podrán ocupar otros cargos electivos, ministeriales o de representación diplomática del país en el exterior y en organismos internacionales, sin renunciar a la nacionalidad adquirida».
A través de una resolución, la JCE señaló que la Constitución del país establece que para ser candidato a la Presidencia se debe tener solo la nacionalidad dominicana y haber residido en el país al menos 10 años consecutivos antes del cargo.
La JCE consideró en ese sentido que Domínguez Trujillo no cumple con ninguno de los dos requisitos.
En 2020 la JCE y el Tribunal Superior Electoral (TSE) dominicano rechazaron también esa pretensión del político.
ESTADOUNIDENSE DE NACIMIENTO
Domínguez Trujillo nació en la ciudad de Nueva York, por lo cual es estadounidense de nacimiento y aunque en 2016 adoptó la ciudadanía dominicana, donde es válida la doble nacionalidad, no puede aspirar a la Presidencia mientras mantenga las dos.La Constitución de República Dominicana establece que: «las dominicanas y los dominicanos que adopten otra nacionalidad, por acto voluntario o por el lugar de nacimiento, podrán aspirar a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, si renunciaren a la nacionalidad adquirida con diez años de anticipación a la elección y residieren en el país durante los diez años previos al cargo».
El mismo artículo establece que, «sin embargo, podrán ocupar otros cargos electivos, ministeriales o de representación diplomática del país en el exterior y en organismos internacionales, sin renunciar a la nacionalidad adquirida».