José Dantés Diaz, Secretario de los Asuntos Jurídicos del Partido de la
Liberación Dominicana (PLD) reaccionó a la decisión de la Junta Central
Electoral (JCE) de rechazar la recusación del PLD contra el miembro de ese
organismo, Rafael Vallejo Santelises, explicando que no tiene fundamentos
reales y afecta la imparcialidad del órgano.
“Con ese tipo de actuaciones se afecta la credibilidad de la Junta Central Electoral, pero al final son los electores los que van a decir, no es el árbitro”, dijo José Dantés en declaraciones al periódico El Nacional, que publica este domingo
Lamentó que el pleno de la JCE haya actuado “como un club de pana” defendiendo, protegiendo y siendo solidario con Vallejo Santelises.
Reiteró que hay motivo más que suficiente para recusar al miembro del pleno porque dio unas declaraciones preconcebidas sobre un tema delicado que sería conocido por todos los miembros del órgano que tiene en sus manos la organización y dirección de las elecciones municipales, y congresuales y presidenciales en mayo próximo.
“Lo que queríamos era sacarlo a él de esas discusiones por lo que había dicho, porque él es miembro de un órgano colegiado, usted no puede estar hablando solo, usted no puede hablar de un tema que debe conocerse en una audiencia del pleno y eso era un motivo más que suficiente para que fuera recusado. Ellos actuaron como un club de pana, de amigos, en solidaridad”, sostuvo”, dijo Dantés.
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Agregó que “lo que ellos dicen es que lo que él dijo el día 20, no muestra ni que él está parcializado, ni que él dio una opinión preconcebida, oye esa vaina, ni que él verbalizó un prejuzgamiento de algo que está en el debate, pero eso tiene tres semanas en el debate, entonces lo que él fue a prejuzgar, o sea previamente a que el pleno conociera eso”.
Sostuvo que el artículo 210 de la Ley 20-23 del Régimen Electoral, dice que ni el Gobierno Central ni las alcaldías pueden inaugurar obras 40 días antes de las elecciones.
Insistió en que Vallejo Santelises, el día 20 de enero, emitió sobre la prohibición de las inauguraciones en campaña una opinión preconcebida, “una exteriorización de un prejuzgamiento de un criterio de un miembro de un órgano colegiado sobre un tema que está en el debate y ha sido denunciado desde hace semanas y, por lo tanto, comprometió su imparcialidad, inobservando así las garantías mínimas del debido proceso, como lo es la imparcialidad del juez o actor administrativo”, opinó José Dantés Diaz.
El pasado día 30 de enero José Dantés Diaz en compañía de Danilo Diaz acudieron al sede de la JCE con la instancia que recusa al miembro del Pleno Rafael Vallejo Santelises: “Estamos recusando al magistrado Santelises por haber asumido públicamente la vocería del Gobierno y renunciar a su condición de magistrado que se había comprometido mediante documento hecho público que regula el calendario electoral donde se prohíbe expresamente las inauguraciones tanto del gobierno como de las alcaldías”, indicó Danilo Diaz.
“Con ese tipo de actuaciones se afecta la credibilidad de la Junta Central Electoral, pero al final son los electores los que van a decir, no es el árbitro”, dijo José Dantés en declaraciones al periódico El Nacional, que publica este domingo
Lamentó que el pleno de la JCE haya actuado “como un club de pana” defendiendo, protegiendo y siendo solidario con Vallejo Santelises.
Reiteró que hay motivo más que suficiente para recusar al miembro del pleno porque dio unas declaraciones preconcebidas sobre un tema delicado que sería conocido por todos los miembros del órgano que tiene en sus manos la organización y dirección de las elecciones municipales, y congresuales y presidenciales en mayo próximo.
“Lo que queríamos era sacarlo a él de esas discusiones por lo que había dicho, porque él es miembro de un órgano colegiado, usted no puede estar hablando solo, usted no puede hablar de un tema que debe conocerse en una audiencia del pleno y eso era un motivo más que suficiente para que fuera recusado. Ellos actuaron como un club de pana, de amigos, en solidaridad”, sostuvo”, dijo Dantés.
Agregó que “lo que ellos dicen es que lo que él dijo el día 20, no muestra ni que él está parcializado, ni que él dio una opinión preconcebida, oye esa vaina, ni que él verbalizó un prejuzgamiento de algo que está en el debate, pero eso tiene tres semanas en el debate, entonces lo que él fue a prejuzgar, o sea previamente a que el pleno conociera eso”.
Sostuvo que el artículo 210 de la Ley 20-23 del Régimen Electoral, dice que ni el Gobierno Central ni las alcaldías pueden inaugurar obras 40 días antes de las elecciones.
Insistió en que Vallejo Santelises, el día 20 de enero, emitió sobre la prohibición de las inauguraciones en campaña una opinión preconcebida, “una exteriorización de un prejuzgamiento de un criterio de un miembro de un órgano colegiado sobre un tema que está en el debate y ha sido denunciado desde hace semanas y, por lo tanto, comprometió su imparcialidad, inobservando así las garantías mínimas del debido proceso, como lo es la imparcialidad del juez o actor administrativo”, opinó José Dantés Diaz.
El pasado día 30 de enero José Dantés Diaz en compañía de Danilo Diaz acudieron al sede de la JCE con la instancia que recusa al miembro del Pleno Rafael Vallejo Santelises: “Estamos recusando al magistrado Santelises por haber asumido públicamente la vocería del Gobierno y renunciar a su condición de magistrado que se había comprometido mediante documento hecho público que regula el calendario electoral donde se prohíbe expresamente las inauguraciones tanto del gobierno como de las alcaldías”, indicó Danilo Diaz.