La Cámara de Diputados aprobó en primera lectura, el proyecto de ley general de alquileres de bienes inmuebles y desahucios, que regularía las relaciones entre propietarios de viviendas e inquilinos.
El proyecto que aprobaron los diputados contiene un capítulo que establece el procedimiento que se deberá usar para los desalojos por falta de pago de la renta.El proceso de desalojo de un inquilino que no pague el alquiler iniciará con una citación del fiscalizador, quien deberá decidir sobre el asunto en un plazo de 30 días.
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La decisión del fiscalizador, autorizando o prohibiendo el desalojo, será irrevocablemente juzgada, no será objeto de ningún recurso de oposición y será ejecutada «de inmediato».
Tras la sentencia, el proyecto de ley establece que un alguacil encargado se trasladará al lugar del alquiler y procederá a la instrumentación del desalojo o el embargo, según sea el caso.
Previo del desalojo, la pieza señala que el alguacil pedirá al inquilino desalojado alguna dirección donde pueda depositar sus pertenencias y, en caso de no tener ninguna, se recibirá el mobiliario en un almacén de Monte de Piedad.
El capítulo dedicado a los desalojos dispone que el proceso iniciará con una citación del fiscalizador, quien deberá decidir sobre el asunto en un plazo de 30 días.
El proyecto que aprobaron los diputados contiene un capítulo que establece el procedimiento que se deberá usar para los desalojos por falta de pago de la renta.El proceso de desalojo de un inquilino que no pague el alquiler iniciará con una citación del fiscalizador, quien deberá decidir sobre el asunto en un plazo de 30 días.
La decisión del fiscalizador, autorizando o prohibiendo el desalojo, será irrevocablemente juzgada, no será objeto de ningún recurso de oposición y será ejecutada «de inmediato».
Tras la sentencia, el proyecto de ley establece que un alguacil encargado se trasladará al lugar del alquiler y procederá a la instrumentación del desalojo o el embargo, según sea el caso.
Previo del desalojo, la pieza señala que el alguacil pedirá al inquilino desalojado alguna dirección donde pueda depositar sus pertenencias y, en caso de no tener ninguna, se recibirá el mobiliario en un almacén de Monte de Piedad.
El capítulo dedicado a los desalojos dispone que el proceso iniciará con una citación del fiscalizador, quien deberá decidir sobre el asunto en un plazo de 30 días.