El Código Penal Domincano que pretende aprobar la Cámara de Diputados
contiene sanciones para determinadas infracciones contempladas ya en otras
legislaciones, posee artículos con ambigüedad de interpretación y da pie a la
otrora figura conocida como la “íntima convicción” entre otras falencias.
El texto fue analizado en el Almuerzo Semanal del Grupo de Comunicaciones Corripio por los experimentados juristas Laura Acosta, María del Pilar Zuleta y Francisco Álvarez Martínez, quienes lamentaron la falta de interés de los legisladores por conocer a profundidad el contenido del proyecto y limitarse a la aprobación del informe que habrá de presentar en el hemiciclo una comisión especial designada a tales fines.
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“El Código está redactado de tal manera que va a provocar serios problemas procesales en términos prácticos”, precisó Acosta, al tiempo de recordar que se trata de un documento que lleva más de 20 años en el Congreso Nacional y que ha sido manoseado por legisladores de todos los partidos políticos, por lo tanto, cada uno tiene su cuota de responsabilidad.
De hecho recordó que el proyecto fue aprobado y observado.
Otra debilidad analizada por la experta es que a la propuesta legislativa no se le está dando en el Congreso Nacional el tratamiento de una Ley Orgánica.
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Al referirse a la íntima convicción del juez, puntualizó que una de las situaciones más graves con la que tienen que lidiar en la practica del derecho procesal penal en los tribunales dominicanos es con la interpretación.
“Con la aprobación del Código Procesal Penal en el 2000 quisimos pasar de la íntima convicción a que el juez pueda tener unos parámetros mínimos para determinar si una persona cometió un delito, entonces, con este proyecto, si es aprobado, volveremos a la íntima convicción, es decir, que volveremos para atrás”, puntualizó.
De acuerdo a lo explicado los márgenes que tiene un juez para decidir si una cosa es o no infracción penal es “grandísima”.
Aunque las discusiones durante todos estos años se han centrado en el aborto y las causales, la profesional del derecho considera que hay graves debilidades que deberían llamar también la atención de los diversos sectores de la sociedad.
“Ese documento nadie lo ha revisado ni siquiera para actualizarlo”, agregó.
Hizo referencia al artículo que aborda la incapacidad laboral y que contempla penas de uno a dos años de prisión. Además de cuestionar esta disposición, la jurista agrega que los accidentes laborales ya están contemplados en el Código de Trabajo.
“Cuando se incluye un tipo penal en la legislación, hay que saber cuáles son las consecuencias de ese tipo penal…, pero redactan el documento fríamente sin conocer las consecuencias del proceso penal”, agregó.
Señala Hoy Digital que otro ejemplo de las debilidades del texto es que el delito penal tipificado como inducción al suicidio no tiene elementos constitutivos de la infracción.
“No entienden (los legisladores) las consecuencias prácticas en la vida del ser humano cuando se aprueba una cosa de esta manera”, aseveró.
El texto fue analizado en el Almuerzo Semanal del Grupo de Comunicaciones Corripio por los experimentados juristas Laura Acosta, María del Pilar Zuleta y Francisco Álvarez Martínez, quienes lamentaron la falta de interés de los legisladores por conocer a profundidad el contenido del proyecto y limitarse a la aprobación del informe que habrá de presentar en el hemiciclo una comisión especial designada a tales fines.
“El Código está redactado de tal manera que va a provocar serios problemas procesales en términos prácticos”, precisó Acosta, al tiempo de recordar que se trata de un documento que lleva más de 20 años en el Congreso Nacional y que ha sido manoseado por legisladores de todos los partidos políticos, por lo tanto, cada uno tiene su cuota de responsabilidad.
De hecho recordó que el proyecto fue aprobado y observado.
Otra debilidad analizada por la experta es que a la propuesta legislativa no se le está dando en el Congreso Nacional el tratamiento de una Ley Orgánica.
Al referirse a la íntima convicción del juez, puntualizó que una de las situaciones más graves con la que tienen que lidiar en la practica del derecho procesal penal en los tribunales dominicanos es con la interpretación.
“Con la aprobación del Código Procesal Penal en el 2000 quisimos pasar de la íntima convicción a que el juez pueda tener unos parámetros mínimos para determinar si una persona cometió un delito, entonces, con este proyecto, si es aprobado, volveremos a la íntima convicción, es decir, que volveremos para atrás”, puntualizó.
De acuerdo a lo explicado los márgenes que tiene un juez para decidir si una cosa es o no infracción penal es “grandísima”.
Aunque las discusiones durante todos estos años se han centrado en el aborto y las causales, la profesional del derecho considera que hay graves debilidades que deberían llamar también la atención de los diversos sectores de la sociedad.
“Ese documento nadie lo ha revisado ni siquiera para actualizarlo”, agregó.
Hizo referencia al artículo que aborda la incapacidad laboral y que contempla penas de uno a dos años de prisión. Además de cuestionar esta disposición, la jurista agrega que los accidentes laborales ya están contemplados en el Código de Trabajo.
“Cuando se incluye un tipo penal en la legislación, hay que saber cuáles son las consecuencias de ese tipo penal…, pero redactan el documento fríamente sin conocer las consecuencias del proceso penal”, agregó.
Señala Hoy Digital que otro ejemplo de las debilidades del texto es que el delito penal tipificado como inducción al suicidio no tiene elementos constitutivos de la infracción.
“No entienden (los legisladores) las consecuencias prácticas en la vida del ser humano cuando se aprueba una cosa de esta manera”, aseveró.